¿El fin del secreto bancario en el Perú?… o en el mundo?

Por Luis Rodrigo Guevara Iglesias, Presidente de la Asociación Peruana de Estudiantes de Economía - APEECO.

Llegó el año del bicentenario de la patria. Llegó arrastrando una vorágine de inestabilidad económica, política y social, las mismas que se reflejan en una gran nebulosa de incertidumbre. El 2021 se proyecta como un año cargado de diversos sucesos históricos para el Perú. La llegada de la “segunda ola” de la COVID-19 pone en riesgo las proyecciones económicas de recuperación de indicadores como el PBI y el empleo. A la inestabilidad social por la falta de empleo, se le une – nuevamente – la amenaza mortal de que nuestro sistema de salud vuelva a colapsar (por si no es lo que está sucediendo). Y como cereza del pastel, las elecciones generales del 11 de abril acomplejan el panorama político, ya que aún es imposible descifrar cuál es el rumbo que tomará el Perú, esperando conocer al nuevo inquilino de la casa de Pizarro. El sentir popular de los peruanos nos comunica un sentimiento (o quizás afirmación) de que estamos ante un año complicado. Y probablemente, mientras exista mayor incertidumbre, así será.

Y es ese mismo sentir popular, portavoz del presagio de un año “complicado”, que desde el primer día del año se ha mostrado en gran disconformidad con el decreto supremo emitido por el ejecutivo; en el cual se establece que a partir del 1 de enero del 2021, la SUNAT tendrá la facultad de acceder a las cuentas bancarias y exigir información periódica a las entidades financieras, de las personas naturales y jurídicas que mantengan en sus cuentas un saldo superior a S/.10 000 soles. ¡Vaya polémica que se armó! Pese a que hoy (24 de enero del 2020) el titular del MEF anunció que el umbral de fiscalización se modificará a S/. 30 800 soles y a pesar de que aún se espera mayores detalles con respecto a cómo funcionarán los procesos de verificación y fiscalización; el clamor de un gran grupo de peruanos formales y usuarios del sistema financiero no se hizo esperar, haciendo ejercer una sólida oposición desde diversos sectores de la sociedad civil, la opinión pública y el legislativo. 

¿Nos quedamos sin secreto bancario en el Perú?

Existen varios argumentos en contra de esta controversial ley. Uno de ellos se basa en que se podría exponer gravemente la información financiera de muchas personas, lo que pondría en riesgo su seguridad. Es decir, de caer en malas manos la información brindada a SUNAT, como podría suceder producto de algún ataque cibernético, estos datos servirían como una gigantesca guía facilitadora de víctimas para que las organizaciones criminales identifiquen a sus siguientes objetivos. Otro argumento – quizás más político, pero a la vez muy válido y objetivo – es la interrogante de que en caso se vulnere la institucionalidad de la SUNAT, ¿es posible que esta medida sirva como un arma de chantaje o persecución política? No lo podemos afirmar, pero tampoco podemos negar que en el Perú – y sobre todo en la política peruana – cualquier cosa puede pasar. La ética y la moral no siempre se articulan con las mentes de los políticos de turno. Muchas veces, el fin justifica los medios. Sin embargo, el argumento con mayor ‘peso’ en el debate público se basa en la supuesta inconstitucionalidad de la norma, ya que esta ley estaría violando flagrantemente el secreto bancario. 

La Constitución Política del Perú señala que el secreto bancario y la reserva tributaria forman parte de los derechos fundamentales de las personas. No obstante, existe la posibilidad de que estos puedan ser levantados por pedido explícito de un juez o de una comisión investigadora del congreso. ¿A caso la Constitución señala que este secreto también puede ser levantado por la autoridad tributaria? La respuesta es un rotundo NO, por lo que sin la necesidad de vastos estudios jurídicos o tributarios, se puede interpretar una clara contradicción.

El legislativo, al igual que diversos sectores de la sociedad civil, ya andan preparando una contraofensiva jurídica que llegue al Tribunal Constitucional para así poder derogar la norma en discusión. El ejecutivo, por obvias razones fácticas, defenderá su posición argumentando que el fin supremo de esta norma es mejorar la recaudación tributaria, haciendo frente a la evasión y elusión de impuestos. Nadie puede negar que mejorar la presión fiscal es un objetivo honorable, que todo gobierno responsable con las finanzas públicas debería tener. No obstante, ¿puede este objetivo honorable vulnerar un derecho fundamental establecido en la Constitución? Complicada pregunta, generadora de un feroz debate, el cual estaremos viviendo en las próximas semanas. 

Sin embargo, en el presente artículo también analizaremos una pregunta un poco más profunda, la madre del dilema en cuestión: ¿Fue esta ley una iniciativa propia del estado peruano o es que existen diversos elementos y circunstancias exógenas que empujan a formular este tipo de política?

El Club de los Países Ricos

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) es una organización internacional cuya misión es diseñar mejores políticas para acrecentar el bienestar económico y social de sus habitantes. Fundada en 1961 y compuesta por 38 miembros (de los cuales solo 4 son latinoamericanos), encontramos un “club de países ricos”, productores de casi dos terceras partes de los bienes y servicios del mundo, tal y como lo muestran las figuras 1 y 2. 

Figura 1. Comparación del PBI Mundial y de los países de la OCDE a precios actuales , 2019. Fuente: Banco Mundial.
Figura 2. Comparación del PBI Mundial y de los países de la OCDE a precios constantes de 2010 , 2019. Fuente: Banco Mundial.

Popularmente se menciona que los países miembros de la OCDE son los países desarrollados, más industrializados, con los mercados más competitivos, con un sistema financiero sólido y con un alto desempeño social, político e institucional. Las características mencionadas, hacen referencia a la gran mayoría de sus miembros, que lograron alcanzar exitosamente altos niveles de desempeño en los indicadores previamente mencionados. Sin embargo, existen países como México, que al analizar algunos de sus resultados (principalmente los políticos, institucionales y sociales) ponen en duda la pertenencia de esta nación en la OCDE. ¿Será que su inclusión – en el año 1994 – se debió más a factores políticos que técnicos? Posiblemente sí. Menuda “suerte” que podrá ser motivo de explicación en otro ensayo. Sin embargo, el escenario político de hoy nos muestra que el Perú está lejos de gozar de esa misma suerte. 

Todo lo mencionado nos lleva a determinar un par de conclusiones acerca de la importancia de pertenecer a la OCDE. La primera está relacionada con el PRESTIGIO. La dificultad para lograr ingresar a esta organización, debido al arduo trabajo técnico, político e institucional que se requiere, da la sensación de que los países miembros cumplen con un gran sello de calidad con lo que concierne a sus instituciones, a sus mercados, a sus políticas públicas, etc. Es como un ‘ISO’ especial para países prominentes, un sello generador de credibilidad internacional. 

La segunda hace referencia a gozar de la oportunidad de poder compartir información y experiencias en políticas económicas y sociales con los países de mejor desempeño; permitiendo así a los otros países miembros, comparar, ajustar y mejorar sus políticas públicas para elevar la calidad de vida de sus ciudadanos. Este último punto es importante para comprender la ley que estamos analizando en el presente ensayo. ¿Influenció la OCDE en el gobierno peruano para que emita esta resistida norma? 

Perú y el Foro Global de la OCDE

Desde el año 2008, atravesando un momento histórico para la economía peruana producto de la bonanza económica brindada por los precios de los commodities a nivel internacional, el Perú decide mostrar abiertamente el interés de lograr su inclusión en la OCDE. Para ello, en el año 2014, nuestro país realizó su debut en el Foro Global sobre la Transparencia y el Intercambio de Información con Fines Fiscales, realizado en Berlín y organizado por la OCDE. 

Durante dicho foro, se acordó que para el año 2017 o finales del 2018 los países miembros del foro apliquen la nueva norma sobre Intercambio Automático de Información financiera en materia fiscal; combatiendo así, la evasión y elusión fiscal en el ámbito nacional e internacional, ya que se permite este ‘trueque’ de información sobre las fiscalizaciones tributarias entre las naciones. Como ya se había manifestado previamente, es una agresiva estrategia tributaria para mejorar la presión fiscal, la cual presenta graves resultados en el ámbito nacional, lo que desestima nuestra habilidad de recaudación. La figura 3 nos muestra la débil presión tributaria del Perú en comparación a sus similares de Bolivia y Chile, al promedio de América Latina y el Caribe y al promedio de los países miembros de la OCDE.

Figura 3. Presión tributaria entre países de la OCDE y América Latina y el Caribe 2019. Fuente: Estadísticas Globales de la OCDE 2019 y SUNAT.

Nuestra baja presión fiscal conllevó a los gobiernos de Pedro Pablo Kuczynski, Martín Vizcarra y Francisco Sagasti a refrendar el sendero trazado por el Perú en el año 2014. Claro está, que para la óptica política y para la hoja de ruta del proceso de adhesión a la OCDE, este sería un gran paso. Un gran impulso para mejorar las políticas tributarias y a la vez, para obtener esa credibilidad internacional propia de los países de dicha organización. 

¿Es el secreto bancario el principal obstáculo para que nuestro país posea una mayor presión fiscal? Definitivamente no. Al tener más del 70% de nuestra economía en la informalidad, gran parte de las operaciones económicas desarrolladas por estos agentes se encuentran por debajo del radar tributario de la SUNAT. Por ello, acceder al secreto bancario sería tan solo una medida complementaria, más no definitiva, para lograr la solución integral al problema de la baja recaudación. El estado debe seguir generando los incentivos necesarios para reducir la informalidad y mejorar así nuestra presión tributaria.  

Conclusiones y Recomendaciones

La política internacional de intercambio automático de información financiera en materia fiscal se ha convertido en un requisito necesario de cumplir para acceder al “Club de los países Ricos”. Sin embargo, como ocurre en la física, y también en la economía, a toda acción le sigue una reacción. ¿Será que el pueblo peruano, temeroso de ser víctima de fiscalizaciones abruptas, opte por dejar de utilizar paulatinamente el sistema financiero? No se puede afirmar del todo esta interrogante, pero tampoco se puede negar que la norma genera la sensación de que se está brindando un desincentivo al uso de la banca. Se corre el riesgo de disminuir y limitar la bancarización y, por ende, menguar la inclusión financiera. 

Nuestra baja inclusión financiera ya nos ha pasado factura en los últimos meses, como podemos recordar en las largas colas al momento de cobrar los bonos emitidos por el gobierno como medida de emergencia para afrontar la cuarentena (que se terminó convirtiendo en centena). ¿Será que el riesgo de reducir esta inclusión es apropiado en un momento de crisis sanitaria, en donde con mayor énfasis, debemos hacer más uso de la bancarización y los canales digitales? Una vez más, una complicada pregunta, generadora de otro polémico debate que deberá ser abordado por el ejecutivo con suma delicadeza. 

Frente a todo esto, estimado lector, también es responsable decir que la SUNAT no posee la capacidad logística para fiscalizar las cuentas bancarias de todos los peruanos que posean más de S/ 10 000, ya que se calcula que el porcentaje de cuentas que superan dicho monto es equivalente a 250 000 empresas y 1.7 millones de personas. Con la mencionada y reciente modificación de subir el umbral de fiscalización a las cuentas mayores a 7 UIT (S/. 30 800 soles), por obvias razones la capacidad de fiscalización será mayor, pero no sufiiente. Se espera que la fiscalización llegue, sobre todo, a las cuentas bancarias que presentan mayores indicios de elusión y evasión tributaria. Es utópico decir que la SUNAT puede fiscalizar a todas las cuentas que superen este umbral. Ninguna administración tributaria en el mundo posee la capacidad de poder fiscalizar todas las cuentas bancarias de sus habitantes. 

Finalmente, no puedo cerrar este ensayo sin algunas recomendaciones. ¿Qué es lo que deberíamos hacer? Como peruanos responsables, independientemente de si se deroga esta ley o no, debemos ser ordenados con nuestras finanzas y acogernos a los parámetros tributarios establecidos. Una mayor recaudación se traduce en un mayor presupuesto público listo para ser distribuido en sectores claves para nuestro bienestar, como lo son el sector salud y educación. A la vez, que con mayores ingresos se tiene mejores posibilidades de invertir en la modernización y digitalización del estado; una necesidad fundamental de cara al futuro. También recordemos que la actual pandemia ha desatado un importante desbalance en la caja fiscal del estado. Denunciar la corrupción y pagar nuestros tributos, es la mejor contribución que podemos hacer los ciudadanos de a pie. De nosotros depende ayudar al Perú a salir de este hoyo. 

El mundo “desarrollado” (el mundo OCDE) se va alineando a compartir la información bancaria en materia fiscal y, por consiguiente, a derrocar progresivamente el secreto bancario. Dice un proverbio chino que, “cuando soplan vientos de cambio, algunos construyen muros, mientras otros construyen molinos”. ¿Será esta la oportunidad del Perú para tomar la ola, impulsar su llegada a la OCDE, y empezar a fortalecer sus políticas públicas para beneficio del pueblo? ¿O es que nuestro progreso no se puede acondicionar a las exigencias foráneas que vulneran los derechos consagrados en nuestra Constitución? 

La política lo decidirá. La economía lo replicará. La historia y el pueblo, lo juzgarán.

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